REGISTRO MERCANTIL:
En el Registro Mercantil la Cámara matricula a todas las personas naturales y jurídicas que ejercen la actividad comercial, así como a sus establecimientos de comercio. Igualmente se inscriben los diferentes actos, contratos y documentos cuyo registro mercantil ordena la ley. El registro es la única forma que tiene una sociedad mercantil de demostrar su existencia y representación legal y las personas naturales su condición de comerciantes. Confiere una identidad comercial, le permite disfrutar de la exclusividad de su razón social y les otorga todas las ventajas que contempla el Código de Comercio.
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REGISTRO UNICO DE PROPONENTES:
Se inscriben todas las personas naturales profesionales y jurídicas que aspiran a contratar con el Estado: Obras, consultoría, compra-venta o suministro de bienes muebles. De esta manera, todos los contratistas cuentan con una certificación que avala sus pretensiones y simplifica sus trámites.
Esto por otra parte, constituye una garantía para el Estado, que cuenta además con una importante información en la que se hallan clasificados y calificados por actividades, especialidades y grupos todos aquellos que le ofrecen sus bienes y servicios.
REGISTRO DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO:
A través de este instrumento la Cámara registra las ESAL. Así mismo expide los certificados de existencia y representación legal e inscribe las reformas estatutarias, libros de contabilidad, nombramientos, disolución y liquidación de este tipo de entidades. |